Declaración de bien familiar

Declarar un bien familiar permite limitar las facultades de disposición y administración de ciertos bienes del cónyuge propietario o propietaria

Declarar un bien familiar permite limitar las facultades de disposición y administración de ciertos bienes del cónyuge propietario o propietaria, haciendo obligatoria la autorización del cónyuge que no es propietario para ejecutar algunas acciones sobre dichos bienes.

También posibilita que frente al embargo por cobro de una deuda del cónyuge que es la persona propietaria del bien, se proceda primero a embargar y ejecutar otros bienes del deudor o deudora, dejando para el último los bienes declarados como familiares.

La declaración de bien tiene como finalidad resguardar un lugar físico estable en que la familia pueda desarrollarse con normalidad, sin que el cónyuge dueño o dueña del bien pueda disponer de él por sí solo. Por ello, solo pueden ser declarados como bien familiar:

El inmueble que sirva de residencia principal a la familia.

Los muebles que están en ese lugar.

En caso de que el inmueble sea de propiedad de una sociedad controlada por alguno de los cónyuges, las acciones o derechos sociales del cónyuge socio o socia.

La declaración de bien familiar se solicita ante el Tribunal de Familia del domicilio de la persona demandada, patrocinado por un abogado o abogada.

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