Cuidado personal
Asesoramos a padres y madres que tengan el derecho y deber de cuidar, criar y educar personalmente a sus hijos e hijas; y terceras personas que tengan el derecho y deber por sentencia judicial.
Corresponde a las labores de crianza y educación que los padres tienen sobre los hijos.
– Ambos padres son los responsables de sus hijos, independiente a si viven juntos o separados.
– En caso de separación de los padres, el cuidado personal de los hijos le corresponde a padre o madre, dependiendo con quien convivan.
Requisito para presentar una demanda de cuidado personal:
– Obligatoriamente ambos padres deberán pasar por una mediación previa, la cual constará en un acta y servirá para poder presentar la demanda ante un Juez de Familia.